Fundamento normativo principal: Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), artículos 79, 80, 82, 82-Bis, 82-Quáter, 83 y 86; Código Fiscal de la Federación; Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025 y vigente desde el 21 de marzo de 2025 (última reforma DOF 14 de noviembre de 2025), que ABROGÓ la ley homónima de 2010; Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI); Código Civil Federal y Código de Comercio.
AVISO IMPORTANTE SOBRE LA NATURALEZA DEL SERVICIO
Promotora DOAS, S.C. es Exclusivamente un prestador de servicios de PUBLICIDAD y difusión digital. DOAS NO recibe, NO custodia, NO administra, NO transfiere ni dispersa recurso o donativo alguno; NO realiza operaciones interbancarias; NO gestiona la operación administrativa, contable o fiscal de las Donatarias; y NO es donante, donatario, intermediario financiero, fiduciario, asesor fiscal ni gestor de cobranza. El objeto único de la Plataforma es servir de puente publicitario para que las Donatarias Autorizadas sean visibles y reciban recursos económicos directamente en sus cuentas. Esta naturaleza rige la interpretación de todo el presente documento.
CAPITULO I. Disposiciones GENERALES
1. Aceptación de los Términos
Al acceder, registrarse o utilizar de cualquier forma la plataforma doas.mx (en adelante, la “Plataforma”), usted (en adelante, el “Usuario”) declara haber leído, entendido y aceptado íntegramente estos Términos y Condiciones (en adelante, los “Términos”), así como el Aviso de Privacidad. La aceptación se perfecciona por medios electrónicos mediante la activación de la casilla de aceptación y/o el uso de la Plataforma, lo que constituye consentimiento expreso en términos de los artículos 1803 y 1834-Bis del Código Civil Federal y 89 a 91 del Código de Comercio. DOAS conservará el registro electrónico (fecha, hora, dirección IP y versión aceptada) como constancia de dicho consentimiento. Si el Usuario no está de acuerdo con los Términos, debe abstenerse de usar la Plataforma.
2. Definiciones
- “DOAS”: Promotora DOAS, S.C., responsable de la operación de la Plataforma como prestador de servicios de publicidad.
- “Plataforma”: El sitio web doas.mx y todas sus páginas, perfiles, catálogos, servicios y funcionalidades.
- “Donataria Autorizada” o “Donataria”: Persona moral o fideicomiso autorizado por el SAT para recibir donativos deducibles y emitir CFDI con efectos fiscales, conforme a los artículos 79, 82 y 83 de la LISR, e incluida en el Directorio (Anexo 14).
- “Promotor”: Usuario que difunde y promueve los perfiles de las Donatarias y acerca Donadores, siendo acreedor de una recompensa por su labor publicitaria por parte de DOAS.
- “Donador”: Persona física o moral que entrega una aportación económica DIRECTAMENTE a la cuenta bancaria de una Donataria Autorizada. El Donador puede, además, registrarse en la Plataforma para avisar sus donaciones directas, cargar el CEP y su carátula bancaria y dar seguimiento; en ese supuesto la donación se realiza sin la intervención de un Promotor y se sujeta al Capítulo III-Bis.
- “Donativo”: Transferencia de recursos del Donador a la Donataria, realizada fuera de la Plataforma, por canales bancarios propios del Donador y la Donataria.
- “CFDI”: Comprobante Fiscal Digital por Internet emitido conforme a las disposiciones del SAT, incluido el Complemento de Donatarias cuando corresponda.
- “CEP”: Comprobante Electrónico de Pago emitido por el SPEI/Banco de México que acredita una transferencia electrónica.
- “Contraprestación por Publicidad”: Contraprestación que la Donataria paga a DOAS por el servicio de publicidad, facturada mediante CFDI de servicio, equivalente a: (i) 2% (dos por ciento) del monto de cada Donativo corroborado cuando la operación fue acercada por un Promotor; o (ii) 1% (uno por ciento) cuando se trate de una donación directa avisada por el Donador sin Promotor. En ambos casos el porcentaje incluye el IVA. DOAS podrá aplicar temporalmente tarifas promocionales menores conforme a la cláusula 4.5-Bis.
- “Recompensa del Promotor”: Pago que DOAS hace al Promotor en recompensa por su labor publicitaria, equivalente al 1% (uno por ciento) del monto del Donativo —es decir, la mitad del 2% que DOAS cobra a la Donataria cuando intervino un Promotor—, sujeto a que el Promotor lo facture al 100% y se pague por transferencia electrónica. Tratándose de donaciones directas del Donador, sin Promotor, no se genera Recompensa. El reparto de la Recompensa entre Promotores referentes y referidos se rige por los Términos del Programa de Referidos.
- “Contenido”: Todo texto, imagen, logotipo, video o archivo multimedia que un Usuario cargue a la Plataforma.
3. Registro, Cuenta y Veracidad de la Información
Al crear su cuenta, el Usuario acepta y reconoce:
- Que proporcionará información veraz, completa, vigente y exacta, y la mantendrá actualizada. Toda la información cargada a la Plataforma debe ser correcta; el Usuario es el único responsable de su veracidad y de las consecuencias de cualquier dato falso, inexacto o desactualizado.
- Que es responsable de la confidencialidad de sus credenciales y de toda actividad realizada bajo su cuenta.
- Que DOAS validará el registro de las Donatarias contra el Directorio de Donatarias Autorizadas (Anexo 14) y podrá verificar dicho estatus de forma recurrente.
- Que DOAS podrá suspender, restringir o cancelar cuentas que incumplan los Términos, sin que ello genere responsabilidad alguna para DOAS.
- Que la aceptación de los Términos por un Usuario obliga únicamente a quien la otorga y no puede comprometer derechos de terceros que no hayan consentido directamente.
CAPITULO II. Obligaciones DE LAS DONATARIAS Autorizadas
En adición a las obligaciones que la ley les impone, las Donatarias Autorizadas, por el solo hecho de registrarse, aceptan y se obligan a lo siguiente:
4.1 Uso del recurso conforme a su autorización. La Donataria utilizará la totalidad de los recursos recibidos, ya restada la contraprestación por publicidad hacia DOAS, exclusivamente para los fines propios de su objeto social por el cual obtuvo su autorización como Donataria Autorizada, destinando sus activos únicamente a dichos fines, en estricto cumplimiento del artículo 82, fracciones I y IV, de la LISR. La Donataria reconoce que destinar el activo a fines distintos es causal de revocación de su autorización conforme al artículo 82-Quáter, apartado A, fracción I, de la LISR, siendo de su exclusiva responsabilidad.
4.2 Cumplimiento integral de la LISR y demás disposiciones fiscales. La Donataria se obliga a cumplir todos los requisitos y obligaciones que la Ley del Impuesto Sobre la Renta y demás disposiciones fiscales le imponen, de manera enunciativa mas no limitativa: mantener su autorización vigente; no intervenir en campañas políticas ni en actividades de propaganda (art. 82, fr. II); no otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna (art. 82, fr. IV); mantener a disposición del público la información de uso y destino de los donativos (art. 82, fr. VI); informar al SAT los donativos en efectivo superiores a cien mil pesos a más tardar el día 17 del mes siguiente (art. 82, fr. VII); llevar contabilidad y expedir comprobantes (art. 86); y no exceder los límites de ingresos por actividades distintas a sus fines (arts. 79 y 80). La Donataria reconoce que estas obligaciones son de su exclusiva incumbencia y que DOAS no es responsable, ni solidaria ni subsidiariamente, de su cumplimiento.
4.3 Respeto a los límites legales sobre el destino de los donativos. La Donataria respetará en todo momento lo que la ley le permite o le prohíbe hacer con los donativos recibidos, dentro y fuera de la Plataforma, y será la única responsable frente al SAT y cualquier autoridad por el uso, destino y comprobación de dichos recursos.
4.4 Emisión obligatoria del CFDI de donativo a favor del Donador. Al recibir una transferencia electrónica y visualizar en su perfil de DOAS.mx el CEP correspondiente, la Donataria se obliga a emitir, dentro de un máximo de 24 (veinticuatro) horas, el CFDI con efectos de deducción fiscal a favor del Donador, utilizando los datos fiscales que el Promotor de la operación le proporcione. La Donataria reconoce expresamente que el CFDI de donativo Únicamente puede amparar donativos efectivamente recibidos y que, conforme al artículo 82-Quáter, apartado A, fracción II, de la LISR, expedir CFDI de donativo para amparar cualquier operación distinta de la donación es causal de revocación de su autorización; dicha conducta queda absolutamente prohibida y será de su exclusiva responsabilidad, deslindando a DOAS de cualquier consecuencia.
4.5 Pago de la Contraprestación por Publicidad. Al crear su usuario, la Donataria acepta que el costo del servicio de publicidad que cobra Promotora DOAS, S.C. corresponde al 2% (dos por ciento) del monto de la transferencia recibida cuando la operación fue acercada por un Promotor, o al 1% (uno por ciento) cuando se trate de una donación directa avisada por el Donador sin Promotor; en ambos casos el porcentaje incluye el IVA. Dicho importe debe ser pagado en un máximo de 24 (veinticuatro) horas contadas a partir de la recepción de la factura (CFDI), ya sea por correo o mediante una notificación en la plataforma, por servicio de publicidad. El retraso o falta de pago faculta a DOAS para suspender el perfil, retener la prestación del servicio y exigir el pago por la vía que corresponda, sin perjuicio de los intereses moratorios pactados.
4.5-Bis Tarifas promocionales. DOAS podrá ofrecer, por tiempo y cupo limitados, tarifas promocionales que reduzcan temporalmente la Contraprestación por Publicidad (por ejemplo, campañas de lanzamiento dirigidas a las primeras Donatarias registradas). Las condiciones, vigencia, cupo y porcentaje aplicable de cada promoción se darán a conocer en la Plataforma; salvo que la promoción indique lo contrario, al concluir su vigencia se restablecerá la tarifa ordinaria prevista en la cláusula 4.5.
4.6 Licencia de uso del Contenido para fines publicitarios. La Donataria otorga su consentimiento expreso para que cualquier imagen, logotipo o archivo multimedia que cargue a su perfil pueda ser usado por Promotora DOAS, S.C. con fines de publicidad y difusión en medios digitales, concediendo una licencia no exclusiva, gratuita y vigente durante su permanencia en la Plataforma. La Donataria declara ser titular o contar con autorización sobre dicho Contenido y libera a DOAS de cualquier reclamación de terceros por derechos de autor, propiedad industrial o imagen.
4.7 Deslinde por apoyos recibidos fuera de la Plataforma. La Donataria podrá seguir recibiendo apoyos y donativos fuera de la Plataforma; sin embargo, deslinda total y expresamente a DOAS de cualquier fraude, ilícito, contingencia fiscal o mala práctica en que pueda incurrir respecto de operaciones realizadas fuera de DOAS.
CAPITULO III. Obligaciones DE LOS PROMOTORES
Por el solo hecho de registrarse, los Promotores aceptan y se obligan a lo siguiente:
5.1 Prohibición de retribuir al Donador. El Promotor no podrá, por ningún motivo ni bajo ninguna modalidad, ceder, dar, premiar, reembolsar, compensar ni retribuir en moneda o en especie al Donador, ni directa ni indirectamente, por su aportación. Cualquier conducta de esta naturaleza desvirtúa el carácter de donativo, es causa inmediata de cancelación de la cuenta y será de la exclusiva responsabilidad del Promotor.
5.2 Facturación integra de la Recompensa y pago por transferencia. El Promotor se obliga a facturar el 100% (cien por ciento) de la recompensa derivada de su labor como promotor, la cual será pagada únicamente vía transferencia electrónica. El Promotor es el único responsable del cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de dichos ingresos.
5.3 Prohibición de fungir como Donador dentro de la Plataforma. El Promotor acepta que, al registrarse en DOAS.mx, no podrá enviar donaciones a las Donatarias que se encuentren en el catálogo de la Plataforma, debiendo mantener separada su función publicitaria de la de Donador para evitar conflictos de interés y simulación de operaciones.
5.4 Captura veraz de datos y prohibición de simulación. El Promotor capturará correctamente los datos fiscales de los Donadores; no falsificara, manipulara ni inventara comprobantes de transferencia ni CEP; no permitirá ni inducirá la falsificación de datos fiscales; y no participara en la simulación de donativos. Notificará de inmediato a DOAS cualquier actividad sospechosa o fraudulenta de la que tenga conocimiento.
5.5 Deslinde de responsabilidad de DOAS. El Promotor deslinda a Promotora DOAS, S.C. de cualquier mala práctica, operativa o administrativa, en la que pudiera incurrir, asumiendo la responsabilidad total por sus actos frente a las Donatarias, los Donadores y las autoridades.
CAPITULO III-BIS. Obligaciones DEL DONADOR
Cuando el Donador opte por registrarse en la Plataforma para avisar sus donaciones directas, por el solo hecho de registrarse acepta y se obliga a lo siguiente:
D.1 Naturaleza de la donación directa. El Donador reconoce que entrega su aportación DIRECTAMENTE a la cuenta bancaria de la Donataria Autorizada y que DOAS no recibe, no custodia ni administra dichos recursos; la función de la Plataforma se limita a documentar el aviso de la donación para efectos del servicio de publicidad.
D.2 Sin comisión a cargo del Donador. El Donador reconoce que, en la donación directa, DOAS cobra 1% (uno por ciento, IVA incluido) a la Donataria por el servicio de publicidad y que el Donador no paga comisión alguna a DOAS.
D.3 Veracidad y carga de comprobantes. El Donador proporcionará información veraz y completa, incluida su carátula bancaria, y cargará el Comprobante Electrónico de Pago (CEP) que acredite la transferencia efectivamente realizada. Queda prohibido alterar, falsificar o simular comprobantes u operaciones.
D.4 Emisión del CFDI de donativo a su favor. El Donador reconoce que el CFDI de donativo deducible lo emite la Donataria Autorizada —no DOAS— a partir de los datos fiscales que el propio Donador proporcione, y que dicho comprobante únicamente puede amparar donativos efectivamente recibidos.
D.5 Verificación previa del perfil. El Donador reconoce que deberá completar y mantener verificado su perfil antes de poder avisar una donación en la Plataforma.
D.6 Origen lícito y deslinde. El Donador declara, bajo protesta de decir verdad, que los recursos provienen de fuentes lícitas y deslinda a Promotora DOAS, S.C. de cualquier controversia, contingencia fiscal o reclamación derivada de la donación, la cual tratará directa y exclusivamente con la Donataria.
CAPITULO IV. FLUJO DE Operación, DESLINDES Y RESPONSABILIDAD
6. Flujo de la Operación
La Plataforma NO procesa, NO recibe y NO retiene dinero de donativos. El flujo es el siguiente:
- El Donador transfiere los fondos DIRECTAMENTE a la cuenta bancaria de la Donataria. DOAS no interviene en ningún momento en el movimiento de recursos.
- El Promotor carga en la Plataforma el comprobante de la transferencia (sólo se acepta en CEP).
- DOAS coteja el comprobante únicamente para efectos de facturación de su servicio de publicidad.
- Corroborado el comprobante, DOAS emite a la Donataria el CFDI por “servicio de publicidad” equivalente al 2% del total del Donativo.
- La Donataria paga a DOAS dentro de las 24 horas siguientes a la emisión de la factura, por transferencia electrónica a la cuenta oficiale de Promotora DOAS S.C.
- La Donataria emite el CFDI de donativo deducible a favor del Donador conforme a la cláusula 4.4.
6-Bis. Flujo de la donación directa (sin Promotor). Cuando la operación no es acercada por un Promotor, el flujo es el siguiente:
- El Donador, con su perfil verificado, transfiere los fondos DIRECTAMENTE a la cuenta bancaria de la Donataria. DOAS no interviene en el movimiento de recursos.
- El Donador avisa la donación en la Plataforma, captura el monto y carga el CEP junto con su carátula bancaria.
- Corroborado el comprobante, DOAS emite a la Donataria el CFDI por “servicio de publicidad” equivalente al 1% del total del Donativo (IVA incluido), sin que se genere Recompensa a Promotor alguno.
- La Donataria paga a DOAS dentro de las 24 horas siguientes y emite el CFDI de donativo deducible a favor del Donador conforme a la cláusula 4.4.
7. Devoluciones y Reclamaciones de Donativos
En caso de que un Donador solicite la devolución de su aportación, deberá tratarlo directa y exclusivamente con la Donataria. Promotora DOAS, S.C. queda completamente fuera de dicha operación, por ser únicamente una plataforma de servicio de publicidad y no de gestión de operaciones interbancarias ni de administración de recursos. DOAS no procesa devoluciones, reembolsos ni aclaraciones bancarias.
8. Exención y Limitación de Responsabilidad
La Plataforma se proporciona “tal como esta”, sin garantías de disponibilidad ininterrumpida. Dentro de los límites permitidos por la legislación aplicable, DOAS no será responsable de:
- La pérdida, robo, error o demora en las transferencias; la Donataria es responsable de proporcionar datos bancarios correctos.
- La veracidad o exactitud de la información, datos fiscales o comprobantes proporcionados por los Usuarios.
- El incumplimiento por parte de Donatarias, Promotores o Donadores de sus obligaciones legales, fiscales o contractuales.
- Las consecuencias de cualquier mala práctica operativa o administrativa de los Usuarios, quienes deslindan expresamente a DOAS.
- Los daños indirectos, incidentales o consecuentes derivados del uso de la Plataforma.
La Donataria y el Promotor deslindan a Promotora DOAS, S.C. de cualquier mala práctica, operativa o administrativa, en la que pudieran incurrir. Esta limitación no pretende excluir responsabilidades que, conforme a la ley mexicana, no puedan válidamente limitarse, en cuyo caso la responsabilidad de DOAS se reducirá al mínimo permitido por la ley.
9. Indemnización (Hold Harmless)
El Usuario se obliga a sacar en paz y a salvo e indemnizar a Promotora DOAS, S.C., a sus socios, representantes y empleados, frente a cualquier reclamación, demanda, multa, sanción, daño o perjuicio, incluidos gastos y honorarios legales razonables, que deriven de: (i) el incumplimiento de estos Términos; (ii) la violación de disposiciones fiscales, civiles, penales o administrativas por el Usuario; (iii) la falsedad de la información o el Contenido aportado; o (iv) la infracción de derechos de terceros.
10. Protección de la Imagen y Reputación de DOAS
La Donataria, el Donador y el Promotor se obligan a no realizar acción alguna, por si o por interpósita persona, que afecte de manera negativa la imagen, marca, reputación o buen nombre de Promotora DOAS, S.C. y de sus socios, incluyendo la difusión de información falsa, engañosa o difamatoria. Lo anterior sin menoscabo del derecho legítimo de los Usuarios a expresar opiniones veraces y a presentar quejas por las vías procedentes.
CAPITULO V. CUMPLIMIENTO LEGAL, Prevención DE Ilícitos Y DATOS PERSONALES
11. Prevención de Lavado de Dinero y Origen Lícito de los Recursos
El Usuario declara, bajo protesta de decir verdad, que los recursos involucrados en cualquier operación provienen de fuentes lícitas y que no participa en operaciones con recursos de procedencia ilícita ni en el financiamiento de actividades prohibidas. DOAS podrá abstenerse de prestar el servicio, suspender perfiles y, cuando proceda conforme a la LFPIORPI y demás disposiciones, presentar los avisos o reportes que la autoridad requiera. Queda prohibido transferir fondos hacia o desde cuentas vinculadas a sanciones nacionales o internacionales.
12. Cumplimiento Fiscal
Todos los Usuarios aceptan que: cumplirán íntegramente sus obligaciones ante el SAT; DOAS emitirá sus CFDI de servicio conforme a la normatividad vigente; las Donatarias emitirán el CFDI de donativo con el Complemento de Donatarias que corresponda; cada Usuario es responsable de declarar sus ingresos o deducciones; y DOAS proporcionara a las autoridades la información que legalmente le sea requerida.
13. Datos Personales
El tratamiento de datos personales se rige por el Aviso de Privacidad Integral de DOAS publicado en doas.mx, elaborado conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares vigente (DOF 20 de marzo de 2025); las referencias a su Reglamento se entenderán hechas al que se expida, conforme a las medidas compensatorias y disposiciones transitorias aplicables. DOAS trata los datos con base en el consentimiento del titular y en las excepciones del artículo 9 de dicha ley; los datos financieros o patrimoniales se tratan previo consentimiento expreso del titular. El Promotor que cargue datos de contacto o fiscales de Donadores o clientes declara y garantiza, bajo su responsabilidad, que cuenta con el consentimiento y la legitimación necesarios para comunicarlos a DOAS y que previamente puso a disposición de sus titulares el aviso de privacidad correspondiente. La comunicación de dichos datos a DOAS constituye una transferencia en términos de los artículos 35 y 36 de la ley, por la cual DOAS asume las obligaciones de responsable y los trata únicamente para las finalidades previstas en su Aviso de Privacidad, respetando en todo momento los derechos ARCO y el derecho de revocación del consentimiento de los titulares. DOAS informará a los titulares afectados, de manera inmediata, cualquier vulneración de seguridad que afecte significativamente sus derechos.
CAPITULO VI. VIGENCIA, Modificación Y BAJA DEL SERVICIO
14. Modificación de los Términos
DOAS podrá modificar estos Términos en cualquier momento. Los cambios se publicarán en doas.mx indicando su fecha de entrada en vigor. El uso continuado de la Plataforma con posterioridad a la publicación constituye aceptación de los nuevos Términos.
15. Cancelación o Baja del Servicio
El procedimiento de baja se sujeta a lo siguiente:
- El Usuario que desee dar de baja el servicio deberá enviar aviso a los contactos oficiales de DOAS.mx con al menos 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación.
- La cancelación de la suscripción quedara sujeta a que el Usuario no tenga saldo o adeudo pendiente de cubrir a favor de DOAS. Mientras exista adeudo, la baja no surtirá efectos.
- DOAS conservará la información que resulte necesaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales y legales por el plazo que la ley determine.
- El Promotor reconoce que la información de contacto de sus clientes que haya ingresado válidamente a la Plataforma podrá ser conservada y utilizada por DOAS conforme al Aviso de Privacidad Integral y a la cláusula 13, aun después de la baja, dentro de los límites y por los plazos que permite la LFPDPPP vigente y la legislación fiscal (bloqueo y posterior cancelación).
16. Suspensión y Terminación por parte de DOAS
DOAS podrá suspender o terminar cuentas, incluso sin previo aviso, cuando: detecte fraude, falsificación o simulación; el Usuario figure en listas de sanciones; exista sospecha fundada de violación a leyes fiscales o de operaciones con recursos de procedencia ilícita; o la Donataria pierda, no renueve o le sea revocada su autorización por el SAT.
CAPITULO VII. Disposiciones FINALES
17. Resolución de Controversias
DOAS no actúa como árbitro de las controversias contractuales entre Donatarias, Donadores y Promotores. Ante una queja, DOAS podrá investigar, solicitar pruebas, suspender cuentas en caso de fraude y reportar a las autoridades competentes cuando exista sospecha de delito. Las partes podrán acudir a los mecanismos de solución que la ley prevé.
18. Divisibilidad
Si alguna disposición de estos Términos fuere declarada nula, ilegal o inexigible por autoridad competente, dicha disposición se tendrá por no puesta únicamente en la parte afectada, y las demás disposiciones conservaran plena validez y exigibilidad.
19. Caso Fortuito y Fuerza Mayor
DOAS no será responsable por incumplimientos o interrupciones derivados de caso fortuito o fuerza mayor, incluidos fallas de telecomunicaciones, energía, ciberataques, actos de autoridad o cualquier evento ajeno a su control razonable.
20. Ley Aplicable y Jurisdicción
Estos Términos se rigen por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Para la interpretación y cumplimiento, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de Altamira, Tamaulipas, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro.
21. Contacto
Correo oficial: administracion@doas.mx
Teléfono: [teléfono por definir]
Domicilio: Altamira, Tamaulipas C.P. 89606